Y el catecismo de la Iglesia Católica dice de los sacramentos:
“Adheridos a la doctrina de las Santas Escrituras, a las Tradiciones Apostólicas y al sentimiento unánime de los Padres”, profesamos que “Los sacramentos de la nueva ley fueron todos instituidos por nuestro Señor Jesucristo (DS 1600-1601)
Por el Espíritu que la conduce “A la verdad completa” (Juan 16:13), la Iglesia reconoció poco a poco este tesoro recibido de Cristo y precisó su “Dispensación”, tal como lo hizo con el canon de las Sagradas Escrituras y con la doctrina de la fe, como fiel dispensadora de los misterios de Dios (Mateo 13:52- 1 Corintios 4:1). Así, la Iglesia ha precisado a lo largo de los siglos, que, entre sus celebraciones litúrgicas, hay siete que son, en el sentido propio del término, sacramentos instituidos por el Señor. (Paginas 387-388, párrafos 1114 y 1117, negritas añadidas).
Antes de examinar cada uno de los siete sacramentos, conviene hacer algunas generalidades:
Para que un sacramento sea válidamente administrado se requieren cuatro condiciones indispensables, estas son; materia válida, forma correcta, ministro y sujeto.
Por ejemplo, al hablar del sacramento del Bautismo; la materia es el agua líquida previamente consagrada, la formula es “Yo te bautizo en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, el ministro es ordinariamente el Presbítero, Obispo o Diacono, y el sujeto cualquier persona no bautizada.
La fructuosidad (Eficacia actual) de los sacramentos depende no sólo de la validez de su administración, sino también de las correctas disposiciones de quien los recibe; así, si una persona al momento de recibir el sacramento no está en estado de Gracia comete un sacrilegio.
Todos los sacramentos dejan en el sujeto el llamado a) “Carácter” o b) “Nota espiritual”:
a) El carácter es imprimido por tres de los siete sacramentos; Bautismo, Confirmación y Orden Sacerdotal, por tanto, estos sacramentos son irrepetibles; por dejar en el sujeto una marca indeleble aún en caso de perdición. (Si se administran válidamente)
b) La nota espiritual (Aumento de Gracia) es producida por los restantes cuatro sacramentos; Eucaristía, Penitencia, Matrimonio y Extremaunción; siempre y cuando la administración sea válida, y correctas las disposiciones.
I. EL SACRAMENTO DEL BAUTISMO
El catecismo Católico dice al respecto:
El santo Bautismo es el fundamento de toda la vida Cristiana, el pórtico de la vida en el espíritu (“Vitae spiritualis ianua”) y la puerta que abre el acceso a los otros sacramentos. Por el Bautismo somos liberados del pecado y regenerados como hijos de Dios, llegamos a ser miembros de Cristo y somos incorporados a la Iglesia y hechos participes de su misión (Cf. Cc. de Florencia: DS 1314; CIC can. 204, 1; 849, CCEO 675, 1): “Baptismus est sacramentum regenerationis per aquam in verbo” (“El Bautismo es el sacramento del nuevo nacimiento por el agua y la palabra”, Cath. R.2, 2, 5) (Pagina 419, párrafo 1213, negritas añadidas).
Está demás decir que para Roma el sacramento del Bautismo tiene poderes salvíficos; borra el pecado original y todos los pecados personales pre-bautismales (Esto último en el caso de adultos), y produce en el individuo un estado de Gracia y de regeneración espiritual.
Roma aduce pasajes como Marcos 16:16- Juan 3:5- Hechos 2:38- Romanos 6:3,4- 1 Pedro 3:21, para validar los supuestos efectos sacramentales del Bautismo.
Para el análisis de los pasajes arriba citados, remito al lector a mi ensayo titulado “Un estudio sobre el Sabelianismo contemporáneo: “El Unicitarismo”, paginas 11-14; donde hago un examen de dichos textos, demostrando que ninguno de ellos enseña en verdad la regeneración bautismal.
La Biblia es tácita en señalar a la fe y al arrepentimiento como condiciones sine qua non, que Dios demanda del hombre para su salvación (Marcos 1:15- Hechos 20:21); y aun éstas están garantizadas por la acción y moción del Espíritu Santo, todo en virtud de la obra de Jesucristo en la Cruz. (Hechos 5:31- 11:18- Efesios 2:8,9).
El bautismo en agua es la insignia del Cristiano, el uniforme que lo identifica como soldado de Cristo, y el momento idóneo para hacer pública profesión de fe; confesando a Cristo como salvador personal y Señor de toda la vida (Mateo 10:32- Romanos 10:9,10).
El hombre que ha cifrado su fe en Jesucristo (Juan 3:14-18), y se ha arrepentido de todas sus transgresiones (Hechos 3:19); es verdaderamente salvo (1 Juan 5:13), se bautiza porque ama y obedece a su Señor (Juan 14:15, 21,23), y no pensando que con ello -u otra cosa más- granjeará su salvación, su bautismo es consecuencia y no causa de su salvación. (De hecho el patrón normal en los Creyentes es experimentar la salvación antes del bautismo, y luego en obediencia al Señor Mateo 28:19, bautizarse, ver el ejemplo de Cornelio Hechos 10:44-48).
II. EL SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN
El siguiente sacramento en el orden lógico y cronológico, después del Bautismo, es el de la Confirmación; éste según la teología Católica imparte una infusión especial de Gracia santificante, y alista al individuo como soldado militante de la Iglesia peregrina de Cristo.
A este respecto el catecismo de la Iglesia Católica refiere lo siguiente:
Con el Bautismo y la Eucaristía, el sacramento de la Confirmación constituye el conjunto de los “Sacramentos de la iniciación Cristiana”, cuya unidad debe ser salvaguardada. Es preciso, pues, explicar a los fieles que la recepción de este sacramento es necesaria para la plenitud de la Gracia bautismal (Cf. OCF, Praenotanda 1). En efecto, a los bautizados “El sacramento de la Confirmación los une más íntimamente a la Iglesia y los enriquece con una fortaleza especial del Espíritu Santo. De esta forma se comprometen mucho mas, como auténticos testigos de Cristo, a extender y defender la fe con sus palabras y sus obras” (LG 11; Cf. OCf, Praenotanda 2). (Paginas 439,440, párrafo 1285; negritas añadidas)
Una de las bases Bíblicas que Roma esgrime como apoyo del sacramento de la Confirmación es Hechos 8:14-17.